martes, 3 de noviembre de 2009

Organización, tiempo y espacio

Esta semana hablaremos sobre la organización, el tiempo y el espacio de un centro educativo. Aquí abajo ofrezco información general de aspectos relacionados con el tema de esta semana.

Empezaremos por la organización pasando brevemente por lo que es el Plan Anual, el Proyecto Curricular de Centro y el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Plan Anual:
El Plan Anual de Centro es la concreción para cada curso escolar de los diversos elementos que integran el Proyecto Educativo de Centro. El Director coordinará la elaboración por el equipo directivo del Plan Anual de Centro teniendo en cuenta que el Claustro deberá aprobar los aspectos docentes del mismo, de acuerdo con los criterios establecidos al respecto en el Proyecto Curricular. Las Asociaciones de Padres de Alumnos y las de Alumnos podrán realizar sugerencias y aportaciones que, en su caso, serán incorporadas al Plan Anual de Centro. El Plan Anual de Centro será aprobado por el Consejo Escolar, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que son competencia exclusiva del Claustro de Profesores.
Una vez aprobado por el Consejo Escolar, el Director del Centro enviará, antes de la finalización del mesde noviembre de cada año académico, una copia a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejeríade Educación y Ciencia. Asimismo, enviará un certificado del acta de la reunión del Consejo Escolar en que se aprobó dicho Plan. Al menos una vez al trimestre se procederá al análisis, evaluación y actualización del Plan Anual deCentro por el Consejo Escolar. En estas revisiones se hará referencia a los distintos apartados incluidos en él.

El Plan Anual de Centro se elabora cada curso escolar y recoge:
- Objetivos generales del Centro para el curso escolar.
- Horario general del Centro.
- Programación de actividades docentes.
- Programación de actividades complementarias y extraescolares.
- Programación de actividades de orientación y acción tutorial.
- Programación de actividades de formación del profesorado.
- Plan de reuniones de los órganos colegiados.
- Plan de Autoprotección.
- Procedimientos para realizar el seguimiento del plan anual de Centro.

Proyecto Curricular de Centro:
El PCC es un instrumento de gestión pedagógica que se formula en el marco del Diseño Curricular Básico y el Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones. Se elabora a través de un proceso de contextualización y/o diversificación curricular, a partir de un resultado de diagnóstico de las características de los estudiantes y de las necesidades específicas de aprendizaje. Forma parte de la propuesta pedagógica del Proyecto Educativo Institucional.
La contextualización y/o diversificación curricular corresponde al nivel de planificación educativa de la institución educativa. Se concreta en la elaboración del Proyecto Curricular de Centro (PCC), en vista de que el liderazgo corresponde al cuerpo directivo de la institución educativa y la responsabilidad a los profesores como gestores de la calidad del trabajo.
En la elaboración del PCC, los profesores activan un conjunto de conocimientos, procedimientos y actitudes vinculados con el currículo, el manejo y su valoración. Este proceso constituye una oportunidad para el desarrollo profesional de los docentes, mediante el intercambio de experiencias de aprendizaje entre pares y la apropiación de nuevos conocimientos en función de las necesidades y problemas más urgentes.
No debemos olvidar que la elaboración del PCC requiere un trabajo a conciencia, que permita delimitar claramente los distintos planos de aproximación que caracterizan a las decisiones curriculares. El PCC contribuye a la construcción de una comunidad educativa en la que cada miembro ejerce sus respectivos derechos e ineludibles responsabilidades.

En resumen, el Proyecto Curricular de Centro se puede entender como:
• El conjunto de toma de decisiones de forma colaborativa.
• La asunción de compromisos por parte del equipo docente.
• El instrumento que brindará coherencia al proceso de enseñanza y aprendizaje de cada institución educativa.
• La concreción del Diseño Curricular Básico de Educación Técnico-Productiva: Ciclo Básico y el Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones.
• La propuesta de la oferta formativa y módulos ocupacionales, que respondan a los principales ejes de desarrollo de la localidad y/o región, así como al contexto socioeconómico y cultural en que se ubica la institución educativa.
• La serie de propuestas de intervención didáctica, adaptadas al contexto socioeconómico y cultural donde se encuentra la institución educativa.

En la pagina que cito más abajo se recoge muy detalladamente las recomendaciones para la elaboración de un PCC en un centro infantil pero que creo que se puede trasladar a cualquier nivel educativo.
http://www.juntadeandalucia.es/averroes/publicaciones/55311/libinf04.pdf

Reglamento de Organización y Funcionamiento:

Es el instrumento que debe facilitar la consecución del clima organizativo y funcional adecuado para alcanzar las Finalidades Educativas y el desarrollo y aplicación del Proyecto Curricular del Centro.
El Reglamento de Organización y Funcionamiento y sus modificaciones serán elaborados por el Equipo Directivo, contando con las aportaciones del Claustro de profesores, de las Asociaciones de Padres de Alumnos y de los restantes sectores de la comunidad educativa, y aprobados por el Consejo Escolar.
Aspectos que debe recoger:
a) Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.
b) El funcionamiento de la Comisión de convivencia, creada en el seno del Consejo Escolar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 486/1996, de 5 de noviembre.
c) Las normas y el estilo de convivencia a impulsar, de manera que se favorezcan las relaciones entre los distintos sectores de la comunidad educativa.
d) El funcionamiento de la Comisión económica a que se refiere el artículo 30 del mencionado Decreto 486/1996, de 5 de noviembre.
e) El funcionamiento, en su caso, de otras comisiones del Consejo Escolar paro asuntos específicos.
f) Los cauces de colaboración entre los distintos órganos de gobierno y los de coordinación docente del Centro.
g) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del Centro, así como las normas para su uso correcto.
h) La organización y distribución del tiempo escolar que incluirán, en todo caso, el destinado a impulsar las relaciones del Centro con las Instituciones de su entorno así como con los padres y madres de alumnos y alumnas.
i) Las condiciones en las que podrán estar representado el alumnado con voz, pero sin voto, en el Consejo Escolar del Centro.j) En general, todos aquellos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del Centro no contemplados en la normativa vigente a lo que, en todo caso, deberá supeditarse.

Respecto al horario del centro citaré lo que recoge la LOE.

  • Los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55 por ciento de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 65 por ciento para aquéllas que no la tengan.
  • Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización o ampliación del horario escolar en los términos que establezcan las Administraciones educativas, sin que, en ningún caso, se impongan aportaciones a las familias ni exigencias para las Administraciones educativas.
  • Corresponde a las Administraciones educativas establecer el procedimiento para el uso de los centros docentes, que de ellas dependan, por parte de las autoridades municipales, fuera del horario lectivo para actividades educativas, culturales, deportivas u otras de carácter social. Dicho uso quedará únicamente sujeto a las necesidades derivadas de la programación de las actividades de dichos centros.
  • Dentro de las disposiciones de la presente Ley y normas que la desarrollan, los centros privados no concertados gozarán de autonomía para establecer su régimen interno, seleccionar su profesorado de acuerdo con la titulación exigida por la legislación vigente, elaborar el proyecto educativo, organizar la jornada en función de las necesidades sociales y educativas de sus alumnos, ampliar el horario lectivo de áreas o materias, determinar el procedimiento de admisión de alumnos, establecer las normas de convivencia y definir su régimen económico.

lunes, 26 de octubre de 2009

Es competencia de...

Según dispone la LOE (Ley Orgánica de Eduación) estas son las funciones que cada uno de los siguentes debe cumplir:

Equipo Directivo:

  • Velar por el buen funcionamiento del centro y por la coordinación de los procesos de enseñanza y aprendizaje sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro, al Consejo Escolar y a otros órganos de coordinación didáctica del centro.
  • Estudiar y presentar al Claustro y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro.
  • Elaborar y actualizar el proyecto educativo del centro, el Reglamento de Régimen Interno y la Programación General Anual, teniendo en cuenta las propuestas formuladas por el Consejo Escolar y por el Claustro.
  • Gestionar los recursos humanos y materiales del centro a través de una adecuada organización y funcionamiento del mismo.
  • Proponer a la comunidad escolar actuaciones que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran, mejoren la convivencia en el centro y fomenten un clima escolar que favorezca el estudio y la formación integral del alumnado.
  • Impulsar y fomentar la participación del centro en proyectos europeos, en proyectos de innovación y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formación en centros y de perfeccionamiento de la acción docente del profesorado, y en proyectos de uso integrado de las tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza.
  • Potenciar e impulsar la colaboración con las familias y con las instituciones y organismos que faciliten la relación del centro con el entorno.
  • Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del centro y elaborar la memoria final de curso, teniendo en cuenta las valoraciones que efectúen el Claustro y el Consejo Escolar sobre el funcionamiento del centro y el desarrollo de la programación general anual.

Dirección:

  • Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad ducativa.
  • Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centro.
  • Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
  • Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
  • Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artícu­lo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
  • Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
  • Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
  • Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
  • Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.
  • Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

Jefatura de Estudios:

  • Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
  • Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
  • Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto
    cumplimiento.
  • Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
  • Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
  • Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
  • Organizar los actos académicos.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
  • Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

Secretaría del Centro:

  • Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
  • Actuar como Secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
  • Custodiar los libros y archivos del centro.
  • Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
  • Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
  • Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.
  • Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro.
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
  • Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
  • Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencia.

http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/07899

http://centros4.pntic.mec.es/cp.marqueses.de.manzanedo/Competencias%20del%20Jefe%20de%20Estudios%20y%20Secretario.pdf

martes, 13 de octubre de 2009

PISA un informe muy polémico

El informe PISA evalúa el resultado de los diferentes sistemas educativos que forman la Unión Europea a través del rendimiento de los alumnos. Pretende comparar los resultados de los distintos países para poder mejorar sus políticas educativas. Las tareas que se evalúan son la comprensión lectora, las matemáticas y las ciencias. Son pruebas objetivas que se realizan a alumnos de 15 años. En los resultados de este informe España se sitúa por debajo de la media de los países de la OCDE (países que intervienen en estas pruebas), desde el primer informe hasta el informe de 2006 España ha bajado aún más en los resultados de comprensión lectora lo que supone un grave problema para el desarrollo óptimo de las demás competencias.
Entre las 10 comunidades autónomas que han presentado más alumnos a las pruebas de PISA hay una gran diferencia en sus resultados así por ejemplo Andalucía ha obtenido 445 puntos y La Rioja 492, una diferencia bastante significativa.

Esto nos lleva a reflexionar un poco sobre lo que ocurre en nuestras aulas.
¿El problema vendrá de la falta de formación de los profesores?
Finlandia, el país que está a la cabeza de los resultados, es una muestra clara de que la formación del profesorado es la clave del éxito del resultado. Es un país donde hay libertad en la aplicación de los contenidos (Sari Sarkomaa, ministra de educación finlandesa).

¿Falta de inversión económica en educación?
La inversión pública española en educación sigue por debajo de la media de la OCDE, con un 4,3% frente a un 5,4%. ¿Pero realmente este es el problema?

Las políticas educativas de estos últimos años han seguido un vaivén entre las que proponía el PP y las del PSOE sin una clara incorporación.

La educación


" La educación ha de ser entendida como un proceso de enseñanza-aprendizaje cuyo objetivo es el desarrollo integral de la persona"
¿Pero realmente cumple estos requisitos? Veámos el análisis que realiza el escritor Claudio Naranjo de la educación actual en una entrevista de radio.

http://www.youtube.com/watch?v=L3dK17QPNTM


Os dejo también un vídeo sobre la educación en valores, aspecto de la educación junto a la inteligencia emocional, que me llama realmente la atención porque parece estar olvidada en algunas prácticas educativas. Vean y saquen sus propias conclusiones.

http://www.youtube.com/watch?v=CiHnVcX4wRk&feature=related